.

.

.

.

viernes, 20 de abril de 2012

ASI NOS SACARON EL PUNTO

TEXTO DEL FALLO


Transcribimos a continuación el texto del Fallo del Tribunal de Disciplina Deportiva de la AFA a través del cual se le dió por perdido a CHACARITA JUNIORS el partido frente a Atlanta y además, se le aplicó una multa:

"CHACARITA JUNIORS c. ATLANTA Ia.BN 11/03/2012 – EXPTE. 59485:
VISTO Y CONSIDERANDO:
1.- Que según resulta del informe del árbitro y sus asistentes, así como de sus
declaraciones de fs. 8/10, y es de público y notorio conocimiento, atenta su amplia difusión por
vía de los distintos medios de prensa, durante el encuentro disputado el día 11/03/12 entre los
primeros equipos de los Clubs Chacarita Juniors y Atlanta, la parcialidad del equipo local,
entonó diversos cánticos de contenido racista, xenófobo y discriminatorio, dirigidos a la
parcialidad de la entidad visitante; una vez terminado el encuentro.
Asimismo, después del encuentro y en inmediaciones del estadio, la misma parcialidad
local provocó graves agresiones a dirigentes y simpatizantes del Club Atlanta. Así como los
distintos padecimientos sufridos por los señores árbitros en su intención por ingresar a sus
vestuarios.-
Debe en este orden, destacarse que dichos actos resultan inadmisibles e intolerables,
puesto que aparte de exceder largamente las expresiones que naturalmente forman parte del
“folklore del fútbol”, comportan una frontal transgresión de lo dispuesto en la Ley Nº 23.592 –
que reprime los actos de discriminación, xenofobia y racismo-, y de las previsiones contenidas
en el Reglamento de Disciplina de esta Asociación (Art. 88) y en los propios de F.I.F.A., que
entre otros pormenores destaca que “...todas las asociaciones y clubs deberán observar los
reglamentos de la F.I.F.A. pertinentes e implementar todas las medidas a su alcance para
impedir tal comportamiento...”.-
Se debe tener presente asimismo que el Instituto Nacional Contra la Discriminación, la
Xenofobia y el Racismo (INADI) repudió los cantos antisemitas de los simpatizantes de
Chacarita Juniors, destacando que tales hechos representan prácticas muy graves que derivan
en situaciones de violencia, como de hecho sucedió con las agresiones perpetradas a
continuación del encuentro.-
Ha de recordarse que no es la primera vez que episodios de esta naturaleza son
protagonizados por la parcialidad del Club Atlético Chacarita Juniors, los cuales han de ser
computados como antecedentes de singular relevancia para valorar el proceder desplegado
tanto durante la disputa del encuentro como luego de su finalización.-
2.- Que a los fines de establecer el temperamento sancionatorio por adoptar,
corresponde considerar en cuanto a los hechos llevados a cabo por los simpatizantes y
parcialidad del Club Atlético Chacarita Juniors, que los mismos no solo han consistido en
cánticos y expresiones de contenido racista, xenófobo y discriminatorio dirigidos a la parcialidad
de la entidad visitante, sino también y como secuela de la agresión verbal, se registraron
posteriormente –una vez finalizado el encuentro- actos de violencia física contra dirigentes y
allegados del Club Atlético Atlanta, así como respecto de bienes de propiedad de los mismos, y
la inseguridad de los colegiados.-
Por todo lo expuesto se dicta la siguiente
RESOLUCION
1°) Se da por perdido este partido al Club Chacarita Juniors, con la pérdida del punto obtenido
en el encuentro disputado el día 11/03/2012, con el Club Atlanta. Arts. 287 I y 152 a sus efectos
del R.D.-
2°) Se impone multa de 300 entradas, por el término de cinco fechas, al Club Chacarita Juniors.
Art. 80 del R.D".-

No hay comentarios: